Invasión de Castillo

Una nota de Ney Castillo advirtió a la SND que Maglione debió abandonar la presidencia del COU en enero.

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Desde el 1º de enero de 2016, el Comité Olímpico Uruguayo (COU) está en falta con su propio estatuto al mantener en la presidencia al Dr. Julio César Maglione. Nacido el 14 de noviembre de 1935, Maglione cumplió 80 años en el transcurso del 2015. Según el artículo 10 del estatuto vigente, validado por el Ministerio de Educación y Cultura en 1999, para los miembros del Directorio, Tribunal de Honor y Disciplina y Comisión Fiscal, rige el límite de edad establecido por el COI para sus miembros activos: "Todo Miembro deberá retirarse al final del año civil, en cuyo transcurso cumpla 80 años de edad", dice la norma.

Sin embargo este límite de edad fue desconocido por las actuales autoridades y por el Dr. Maglione. El motivo de este desconocimiento es un error u omisión administrativa. En 2004, en asambleas de junio y diciembre, se aprobó una "Reglamentación de Normas" para el estatuto que introdujo modificaciones. Entre ellas, desapareció por completo cualquier mención a un límite de edad para sus miembros.

Por el contrario, el Comité Olímpico Internacional acaba de adoptar la tendencia opuesta. En la Carta Olímpica vigente desde el 2 de agosto de este año, se cambió el límite de edad de 80 a 70 años como máximo. Mientras que internacionalmente los límites bajan, el oficialismo en el COU procura lo opuesto. El propio Maglione, dejó de ser miembro del COI el 1º de enero de este año, justamente por haber cumplido sus 80 años en 2015.

La situación irregular sale a la luz una semana antes de la fecha para la que estaban pactadas las elecciones en el Comité (27/9). Con estos nuevos datos, Maglione está inhabilitado para presentarse a dichas elecciones. Por eso, con gran celeridad, el COU convocó una Asamblea General Extraordinaria e informó a los medios sobre esta convocatoria en un comunicado del miércoles 21 de setiembre, por la noche. Según la comunicación oficial, el motivo de esta convocatoria para el próximo lunes 26 de setiembre, es "a efectos de tratar la Adecuación de sus Normas Estatutarias".

El máximo jerarca de la Secretaría Nacioal del Deporte, Fernando Cáceres, habló con PDA y contó que recibió una nota en la que se "llamaba la atención sobre el apego a los estatutos, vinculado al acto eleccionario del COU", entre otros temas. "El planteo es que eventualmente se estaba aplicando un estatuto que no estaba habilitado por el MEC", explicó Cáceres.

"Nosotros recibimos esa nota, le dimos entrada, dimos vista al COU y el COU verificó que había una inconsistencia. Lo que nosotros planteamos es que el COU se ajustara a la norma y enviamos la nota referida al MEC. Porque al aludirse a que hay un estatuto vigente que no se estaría aplicando para este acto eleccionario, quien autorizó ese estatuto fue el MEC y por lo tanto remitimos esta nota al MEC", detalló el Secretario. 

Con respecto al límite de edad, que inhabilita a Maglione para ejercer la presidencia, Cáceres fue claro: "Hay un estatuto vigente que establece un límite de edad"

Una de las personas que firmó la nota enviada a la SND fue quien primero se percató de esta inconsistencia, Ney Castillo. En diálogo con PDA, Castillo repasó la historia de cómo llegó a conocer esta irregularidad. "Hubo un grupo de afiliadas que presentaron cuatro candidatos para cargos electivos. Ni para presidente ni para vice, sino para cargos de retaguardia en el COU. Se hizo una asamblea y la asamblea interpretó el estatuto. Las mayorías decretaron que cada candidato tiene que tener cinco federaciones que lo apoyen. Esos cuatro candidatos no podían presentarse porque las federaciones adherentes (que no son olímpicas) no podían presentar postulantes. Es conocido que no tienen voto, pero en otras elecciones, a las federaciones adherentes se les permitió patrocinar candidatos", recalcó Castillo. 

Esta situación le generó mucha molestia y comenzó a revisar los estatutos. "Me encontré que el estatuto vigente era el del 99, no el del 2004 que se había estado utilizando durante mucho tiempo". Su conclusión es que desde el año 2004 el COU viene funcionando de forma irregular, con un estatuto que no es el que corresponde. "Desde mi punto de vista, todo lo que se ha hecho desde el 1/1/2016, al menos, es todo irregular. Incluido el llamado a elecciones, las listas que se presentaron y que las mayorías impidieran presentar candidatos", afirmó.

Para Castillo la explicación de este conflicto se decodifica en clave política: "Lo que ellos hicieron fue llevarse todos los cargos. Decretaron por mayorías, en una elección anticipada, que las minorías no podían presentar candidatos". Al mismo tiempo aseguró que él, ni era ni va a ser candidato a nada dentro del COU en estas elecciones. "Intervine porque desde mi punto de vista se había cometido en asamblea un atropello. Las mayorías barrieron con las minorías en forma absolutamente anti estatutaria", reiteró. 

Estatuto del 2004, utilizado desde entonces sin aprobación del MEC. Sin límite de edad (ver aquí).

Estatuto vigente del COU, aprobado por el MEC en 1999. Límite de edad en el Artículo 10.

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