Detrás de los escritorios

Los deportistas olímpicos participarán del gobierno del COU a través de la Comisión de Atletas.

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La Comisión de Atletas del Comité Olímpico Uruguayo, figura prevista en el estatuto de la institución, será constituida por primera vez en más de 12 años. La reunión constitutiva se realizará este viernes 11 de mayo y a ella están convocados todos los deportistas electores y elegibles para desempeñar funciones. 

Las condiciones que deberán cumplir los atletas electores y elegibles son las de haber competido en alguna de las últimas tres ediciones de los Juegos Olímpicos. Además, para ser elegido, los atletas no pueden tener antecedentes de casos de dopaje, por lo que Andrés Silva, por ejemplo, no es elegible. 

La Comisión estará compuesta por cinco atletas, elegidos por los propios deportistas. Uno de ellos será además el representante de la Comisión en el Directorio del COU. Los deportistas, a través de este órgano de gobierno, tienen además voz y voto en la Asamblea.

Según el Estatuto del COU, la Comisión de Atletas tiene la función de “colaborar con la Asamblea y el Directorio, especialmente en lo que se refiere:
a) al fomento del deporte y de las competencias deportivas;
b) a la promoción de la ética deportiva y el juego limpio;
c) a la lucha contra el dopaje, la violencia y la utilización abusiva, comercial o política del atleta”.

En PDA Radio repasamos semanas atrás la importancia de la constitución de la Comisión de Atletas, así como los deportistas que podrán ser elegidos y el marco normativo. Conocé más en este informe.